Plan de Liquidación

DOCUMENTACIÓN:

Plan de Liquidación:
Conforme establece la ley concursal en su artículo 148, la Administración Concursal ha de presentar al juzgado un Plan de Liquidación, con una propuesta para la venta de los activos del modo que entienda mas beneficioso para el concurso, dicha propuesta será trasladada a los acreedores para que puedan formular observaciones sobre dicha propuesta de liquidación, a la vista de las cuales el juez procederá a aprobar el plan o a introducir modificaciones en el mismo. Lo establecido en dicho plan, con modificaciones en su caso, será la “hoja de ruta” que guiará a la Administración Concursal en sus operaciones de venta.

En el pdf. que encontrará a continuación se contiene el contenido de dicho plan de liquidación.

Auto de aprobación del plan:
Documento oficial del auto… Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Mauris arcu ex, rutrum vel magna at, accumsan efficitur neque. Vestibulum ante ipsum primis in faucibus orci luctus et ultrices posuere cubilia Curae; Aenean mollis, lacus a euismod placerat, ante mi ornare nunc, nec egestas quam est nec felis.

Nota aclaratoria:
Nota aclaratoria sobre el Auto de Aprobación del Plan de Liquidación

Auto de modificación parcial:
Modificación parcial del plan de liquidación por RD 16/2020

Informes trimestrales:
Desde la apertura de la fase de liquidación, por la Administración Concursal se ha venido presentando trimestralmente los respectivos informes que establece la Ley Concursal, en los que se informa de las operaciones propias de la liquidación durante dicho periodo. Desde la apertura de la fase de liquidación, por la Administración Concursal se ha venido presentando trimestralmente los respectivos informes que establece la Ley Concursal, en los que se informa de las operaciones propias de la liquidación durante dicho periodo.

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